A partir del 1 de junio serán de aplicación los tres nuevos supuestos específicos de Incapacidad Temporal (IT) previstos en la reforma de la Ley, así:
IT por menstruación incapacitante
IT por interrupción del embarazo
IT por gestación de la mujer trabajadora desde el día primero de la semana 39
En cualquier caso, a la hora de conceder la baja por menstruación incapacitante, la mujer habrá de tener una patología causante (miomas, polipos endometriales, ovarios Poliquísticos, problemas con la salida de sangre menstrual.. Etc, . De lo que se extrae que no es suficiente con tener la regla, y estar molesta, se trata de que exista una razón ,una patología causante de la misma. .
Será Seguridad Social quien se hará cargo del coste desde el primer día de la baja.